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Reflexiones en Radio El Mundo con Martin Rodríguez Flores: «SER MUJER BAJO LA SHARÍA EN IRÁN»

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Tras la Revolución Islámica de 1979, la sharía (“camino recto”) se convirtió en la columna vertebral del régimen iraní. Desde hace más de 45 años, ese sistema totalitario regula cada aspecto de la vida pública y privada. No es simbólico. No es retórico. Es jurídico. Y en ese marco, la mujer no es ciudadana plena: es tutelada, condicionada y subordinada por ley.
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13 cosas que debemos saber sobre la Ley Sharia de Irán:
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1: Las niñas son penalmente responsables desde los 8 años y 9 meses; los varones, desde los 15. Desde esa edad pueden casarse, ser encarceladas o incluso enfrentar la pena de muerte.
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2: La vida de una mujer vale legalmente la mitad que la de un hombre. Si un hombre mata a una mujer, la familia de ella debe pagar “dinero de sangre” para exigir la ejecución del asesino.
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3: Para casarse por primera vez, la mujer necesita permiso paterno; el hombre no. Él puede tener hasta cuatro esposas y celebrar matrimonios temporales. El divorcio depende de su voluntad; ella solo puede pedirlo ante un juez y bajo condiciones restrictivas.
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4: Una mujer no puede trabajar ni viajar sin autorización masculina. El hombre no necesita permiso de nadie.
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5: La tutela legal de los hijos pertenece al padre o al abuelo paterno, pero nunca a la madre. Si el hombre decide divorciarse y el hijo tiene menos de 7 años se queda con la mujer, pero después de esa edad la custodia es del padre.
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6: Las mujeres heredan la mitad que los hombres en iguales circunstancias.
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7: Existen denuncias sobre “matrimonios temporales” impuestos a mujeres condenadas antes de su ejecución.
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8: La edad legal para casarse es 13 años, pero puede reducirse hasta los 8 años y 9 meses con autorización paterna, incluso sin el consentimiento real de la menor.
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9: No usar correctamente el hiyab puede implicar multas elevadas, arresto o prisión.
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10: Toda mujer casada no puede negarse a tener sexo con su esposo, quien tiene el derecho de violarla si lo desea, la mujer no podrá alegar defensa propia en esa circunstancia, si lo asesinara sería ejecutada.
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11: La pena por adulterio comprobado para una mujer casada es la muerte. Si la evidencia no es contundente entonces son 100 latigazos.
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12: El testimonio de un hombre vale el doble que el de una mujer en tribunales. En ciertos casos, el homicidio por “honor” recibe trato atenuado.
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13: La homosexualidad masculina puede castigarse con la pena de muerte; la femenina, con latigazos y penas progresivas.
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Esto no es propaganda: es legislación aplicada durante décadas. En Irán, la desigualdad no es relato ni exageración; es norma jurídica. Y la izquierda y el progresismo internacional lo saben. Pero con tal de llevarle la contra a Estados Unidos o a Israel, callan, relativizan o incluso terminan justificando estos atropellos contra la mujer. ¿Dónde quedó su rancio feminismo?

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