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La Justicia rechazó un recurso de la ANSES y ordenó que a Cristina Kirchner se le pague la pensión de privilegio

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Capital Humano confirmó la resolución judicial y adelantó que la apelará. El Gobierno nacional «interpondrá un recurso de queja» directamente ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para intentar revertir el fallo.

La Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el recurso extraordinario que había presentado la ANSES, con lo cual quedó firme la cautelar que ordena al Estado nacional restituir el pago de la pensión que Cristina Kirchner percibe como viuda del expresidente Néstor Kirchner.

A través de un comunicado oficial, el ministerio de Capital Humano confirmó la resolución judicial y adelantó que la apelará. El Gobierno nacional «interpondrá un recurso de queja» directamente ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para intentar revertir el fallo.

Todo comenzó a finales de 2024, cuando la administración de Javier Milei, a través de la Resolución 1092 de la ANSES, dio de baja tanto la pensión por viudez como la jubilación de privilegio de la ex mandataria.

La medida se fundamentó en la confirmación de la condena de Cristina en la causa Vialidad, con el argumento de que la «inhabilitación absoluta» y la falta de «honorabilidad» hacían incompatible el cobro de dichos beneficios.

Sin embargo, los jueces de la Cámara previsional Juan Fantini Albarenque y Sebastián Russo marcaron una distinción legal entre ambos beneficios.

El tribunal sostuvo que la ANSES no tiene facultades para dar de baja a la pensión de forma administrativa, sino que, en todo caso, solo podría suspenderlo. Además, rechazaron el argumento de la «falta de honor» para eliminar esta prestación específica.

En la jubilación, la Cámara sí avaló que por su desempeño como presidenta continúe suspendida debido a la condena judicial.

Desde la cartera que dirige Sandra Pettovello cuestionaron la decisión de la Cámara, al sostener que el fallo «afecta el principio de legalidad» y omite la prohibición de cobro que, a su criterio, pesa sobre la ex jefa de Estado tras su condena. También desestimaron el argumento de la defensa sobre un posible «daño alimentario», calificando la aplicación del derecho por parte de los jueces como «manifiestamente errónea».

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