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Corrupción «K»: La Justicia rechazó la prisión domiciliaria de Julio De Vido y cumplirá su condena en prisión por la tragedia de Once

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El ex ministro de Planificación Federal durante el kirchnerismo fue condenado por la responsabilidad en el hecho que provocó 51 muertes en 2012.

La Justicia rechazó el pedido de prisión domiciliaria presentado por la defensa de Julio De Vido, por lo que el ex ministro de Planificación Federal durante el kirchnerismo deberá cumplir su condena en una cárcel común.

El Tribunal Oral Federal 4 (TOF 4) resolvió desestimar el planteo y mantener la convocatoria prevista para el 13 de noviembre de 2025. El exfuncionario fue condenado a cuatro años de presión por su responsabilidad en la tragedia de Once, ocurrida en 2012, que dejó 51 muertos.

Por la mañana, el abogado de De Vido, Maximiliano Rusconi, había calificado de “arbitrario” el fallo de la Corte Suprema que ratificó la condena y habilitó al TOF 4 a ordenar la detención del exministro. Ante la inminencia de un rechazo judicial, Rusconi adelantó que presentará una denuncia “ante el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias (WGAD) del Consejo de Derechos Humanos de la ONU con sede en Ginebra”.

En un comunicado titulado “Una nueva decisión arbitraria y violatoria de los derechos humanos fundamentales”, la defensa de De Vido cuestionó la rapidez con la que la Corte resolvió el caso y afirmó que el máximo tribunal “rechazó un recurso de queja en el cual esta defensa cuestionaba la legitimidad y el monto de la pena impuesta por la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, con velocidad sospechosa y oportunismo evidente”.

Rusconi insistió en que la sentencia fue “injustificada y arbitraria” y que la resolución de la Corte “posibilitó que se ordenara la ejecución de la condena impuesta”.

Los jueces Fernando Canero, Ricardo Ángel Basilico y Néstor Costabel firmaron la resolución que “rechaza el planteo efectuado por la defensa técnica del condenado” y ratifica el cronograma judicial previsto. Paralelamente, Rusconi sostuvo que la Corte “omitió considerar que no tenía jurisdicción para pronunciarse”, ya que aún estaba pendiente “un planteo de prescripción de la acción penal”, que según el abogado “debió resolverse antes de cualquier otra cuestión de fondo”.

El letrado agregó que “cualquier decisión de privación de la libertad en este caso, cuya acción se encuentra extinguida, es una nueva manifestación de ilegitimidad y violación de las garantías fundamentales”.

También aclaró que De Vido “nunca fue condenado por el choque de Once, sino que fue absuelto”, y que la pena recayó sobre otra imputación “que quedó prescripta el 10 de diciembre de 2024”. La defensa presentó un recurso de reposición ante la Corte Suprema y espera que “tenga la atención que merece la seriedad del planteo”.

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